en
fr
es

Tribunal Supremo de Ruanda, Sala Constitucional, 19 de febrero de 2002, decisión núm. 009/11.02/02

Constitución de la República de Rwanda

Preámbulo

(…) Reafirmando nuestra adhesión a los principios de los derechos humanos definidos en la Carta de las Naciones Unidas, de 26 de junio de 1945, la Convención de las Naciones Unidas para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio, de 9 de diciembre de 1948, la Declaración Universal de los Derechos Humanos, de 10 de diciembre de 1948, la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial, de 7 de marzo de 1966, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, de 19 de diciembre de 1966, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, de 19 de diciembre de 1966, la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, de 1 de mayo de 1980, la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos, de 27 de junio de 1981 y la Convención sobre los Derechos del Niño, de 20 de noviembre de 1989; (...)

Artículo 190

Los tratados o acuerdos internacionales debidamente ratificados o adoptados tendrán, desde su publicación oficial, un rango superior a las leyes, siempre que cada uno de ellos sea aplicado por la otra parte.

País:
Ruanda
Tema:
Función del Derecho Internacional:
Referencia al derecho internacional para reforzar una decisión basada en el derecho interno
Tipo de instrumentos utilizados:

Tipo de instrumento utilizado: tratado ratificado1

Estatutos de la judicatura establecidos por decreto/ Demanda ante el Tribunal Constitucional basándose en que dichos estatutos deberían aprobarse mediante ley parlamentaria/ Referencia al derecho internacional para reforzar una decisión basada en el derecho interno

Una ley2 disponía que los estatutos del personal del ejército, la policía nacional y la judicatura se establecerían mediante decreto. El Presidente de la Asamblea Nacional cuestionó la validez de dicha ley ante la Sala de lo Constitucional del Tribunal Supremo.

Ésta consideró que el hecho de que los estatutos de la judicatura se establecieran por decreto era incompatible con una ley orgánica que preveía que dichos estatutos fueran establecidos mediante ley parlamentaria.

Para reforzar su decisión, el Tribunal añadió que la ley en cuestión contravenía el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos:

“[Los artículos impugnados] vulneran el principio de independencia de la judicatura, que conlleva el establecimiento de un estatus especial con elementos de independencia individual e institucional, un principio reconocido en el mismo artículo de la ley fundamental y en el artículo 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.”3

Sobre esta base, el Tribunal Supremo de Rwanda consideró que el establecimiento de los estatutos de la judicatura mediante decreto contravendría tanto la Constitución nacional como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.



1 Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, 1966.

2 Ley sobre el Reglamento General de la Función Pública de Ruanda.

3Artículo 14, 1) del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos: “Todas las personas son iguales ante los tribunales y cortes de justicia. Toda persona tendrá derecho a ser oída públicamente y con las debidas garantías por un tribunal competente, independiente e imparcial, establecido por la ley, en la substanciación de cualquier acusación de carácter penal formulada contra ella o para la determinación de sus derechos u obligaciones de carácter civil.”

Texto completo de la sentencia