Constitución de la República de Azerbaiyán


Constitución de la República de Azerbaiyán

Artículo 12, párrafo 2: Finalidad del Estado

Los derechos y libertades de las personas y ciudadanos recogidos en esta Constitución se aplicarán conforme a los tratados internacionales de los que la República de Azerbaiyán sea parte.

Artículo 148, párrafo 2: Actos jurídicos incluidos en el sistema legislativo de la República de Azerbaiyán

Los acuerdos internacionales ratificados por la República de Azerbaiyán forman parte integrante de su sistema legislativo.

Artículo 151, párrafo 2: Fuerza jurídica de los instrumentos internacionales

En caso de discrepancia entre las leyes u otras normas del ordenamiento jurídico de la República de Azerbaiyán (salvo la Constitución y los instrumentos legales aprobados mediante referéndum) y los acuerdos internacionales de los que esta sea parte, prevalecerá lo dispuesto en estos últimos.


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