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Tribunal Constitucional de la Federación de Rusia, Sobre la constitucionalidad de las cláusulas 2 y 3 del artículo 11, 1) de la Ley de la Federación de Rusia de junio de 1993 relativa a los organismos federales de la policía fiscal, 17 de diciembre de 1996

Constitución de la Federación de Rusia

Artículo 15, párrafo 4

Los principios y normas del derecho internacional universalmente reconocidos y los tratados internacionales de la Federación de Rusia forman parte integrante de su ordenamiento jurídico. Si un tratado internacional de la Federación de Rusia incluyera disposiciones contrarias a las de la legislación interna, prevalecerá lo dispuesto en el tratado internacional.

Artículo 17, párrafo 1

La Federación de Rusia y la presente Constitución reconocen y garantizan los derechos y libertades fundamentales, de conformidad con los principios y normas del derecho internacional comúnmente reconocidos.

País:
Federación Rusa
Tema:
Función del Derecho Internacional:
Referencia al derecho internacional para reforzar una decisión basada en el derecho interno
Tipo de instrumentos utilizados:

Tratado ratificado;1 instrumento no sujeto a ratificación2

Procedimiento administrativo para el cobro de impuestos de personas jurídicas/ Demanda ante el Tribunal Constitucional por inconstitucionalidad de la ley/ Referencia al derecho internacional para reforzar la interpretación de las disposiciones constitucionales

De acuerdo con una determinada ley de la Federación de Rusia,3 los órganos de la policía fiscal podían proceder directamente al cobro de los atrasos tributarios cuando se trataba de personas jurídicas, mientras que en el caso de las personas físicas estaban obligados a utilizar la vía judicial. Los fundadores de un grupo de corporaciones presentaron una demanda ante el Tribunal Constitucional, alegando que el uso de un procedimiento administrativo, en lugar de uno judicial, vulneraba su derecho constitucional a la propiedad, reconocido en el artículo 35 de la Constitución de Rusia.4

El Tribunal Constitucional debía, por tanto, determinar el ámbito de aplicación de este derecho y la posibilidad de restringirlo. Para responder a esta cuestión, el Tribunal se remitió a los correspondientes artículos de la Constitución nacional, pero también a la Declaración Universal de Derechos Humanos y al Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales:

“Al mismo tiempo, el derecho a la propiedad privada no es un derecho absoluto y no se encuentra entre aquellos que, conforme al artículo 56, 3) de la Constitución, no pueden restringirse en ningún caso. Por tanto, conforme al sentido del artículo 55, 3) de la Constitución de la Federación de Rusia, la legislación federal sólo podrá establecer restricciones (al artículo 35) dentro de los límites necesarios para la protección de los fundamentos del sistema constitucional, la moral, la salud, los derechos e intereses legítimos ajenos y la defensa y seguridad nacionales. Ello es conforme a los principios y normas del derecho internacional generalmente aceptados, en especial con respecto la Declaración Universal de los Derechos Humanos, de 10 de diciembre de 1948, según la cual ‘toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad’ (artículo 29, 1)) y ‘en el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus libertades, toda persona estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática’ (artículo 29, 2)). Una disposición similar sobre la posibilidad de restringir los derechos del hombre y del ciudadano se recoge en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, de 19 de diciembre de 1966 (artículo 4).”5

Reforzando su argumentación jurídica con esta referencia a la Declaración Universal de los Derechos Humanos y al Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, el Tribunal Constitucional de la Federación de Rusia consideró que, aunque el procedimiento para el cobro de atrasos era administrativo, las personas jurídicas podían impugnarlo acudiendo a los tribunales, conforme a lo establecido en el artículo 46 de la Constitución, por lo que no se vulneraba su derecho constitucional a la protección de la propiedad privada.



1 Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, 1966.

2 Declaración Universal de Derechos Humanos, 1948.

3 Ley de la Federación de Rusia de 24 de junio de 1993 relativa a los órganos de la policía fiscal.

4 Artículo 35 de la Constitución de la Federación de Rusia:

“1. El derecho de propiedad privada está protegido por ley.

2. Toda persona tiene derecho a poseer bienes en propiedad y a utilizarlos y administrarlos individualmente o junto con otras personas.

3. Nadie podrá ser arbitrariamente privado de sus bienes, salvo por decisión judicial. La expropiación forzosa de bienes sólo podrá realizarse por necesidades del Estado y con una indemnización previa y equitativa. (…)”

5 Artículo 4 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales: “Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen que, en ejercicio de los derechos garantizados conforme al presente Pacto por el Estado, éste podrá someter tales derechos únicamente a limitaciones determinadas por ley, sólo en la medida compatible con la naturaleza de esos derechos y con el exclusivo objeto de promover el bienestar general en una sociedad democrática”.

Texto completo de la sentencia