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Tribunal Supremo de New Hampshire, el Estado de New Hampshire c. Robert H., 30 de octubre de 1978, núm. 78-090

País:
Estados Unidos
Tema:
Función del Derecho Internacional:
Referencia al derecho internacional para reforzar una decisión basada en el derecho interno
Tipo de instrumentos utilizados:

Tipo de instrumentos utilizados: tratados ratificados1

Demanda de un padre privado de la custodia de sus tres hijos/ Análisis de la legislación aplicable/ Referencia al derecho internacional para reforzar una decisión basada en el derecho interno

Un padre se vio privado de la custodia de sus tres hijos debido a que los servicios sociales consideraron que, dada su situación económica y las circunstancias familiares, el interés de los niños requería que dejaran de vivir con él. El padre recurrió esta decisión ante el Tribunal Supremo de New Hampshire.

El tribunal analizó los principios fundamentales que rigen las relaciones entre la familia y el Estado, los cuales establecen el principio de que los padres tienen autoridad sobre sus hijos sin necesidad de que el Estado se la confiera, como algo inherente a su condición de padres. Para reforzar su análisis, el Tribunal se refirió al derecho internacional señalando que:

“En el ámbito internacional, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de las Naciones Unidas establece, en su artículo 23, párrafo 1, que “la familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado” (1966). Del mismo modo, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas estipula, en su artículo 10, párrafo 1, que “se debe conceder a la familia, que es el elemento natural y fundamental de la sociedad, la más amplia protección y asistencia posibles” (1966).”

La referencia a estos dos pactos reforzó el punto de vista del Tribunal Supremo de New Hampshire sobre la necesidad de basar en pruebas claras y convincentes la decisión de retirar a los padres la custodia de sus hijos. En este caso, el Tribunal consideró que no se daban estas circunstancias y acordó que el demandante recuperara la custodia de sus hijos.



1 Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, 1966; Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, 1966.

Texto completo de la sentencia